La aprobación de los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM) es la señal de salida que el sector eólico esperaba para el despliegue de eólica flotante en España. Los POEM definen las áreas donde se podrán desarrollar las distintas actividades del mar. En el caso de la eólica marina, la necesaria delimitación de áreas marítimas se debe a que las áreas del espacio marino deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Disponer de recurso eólico idóneo para generar energía suficiente y viabilizar el parque eólico marino.
- Características físicas favorables que viabilicen técnica y económicamente las instalaciones. Entre los parámetros a tener en cuenta se encuentran las profundidades de emplazamiento, distancias a la costa, pendiente y características del fondo marino.
- Permitir la coexistencia de la eólica marina con otros usos y actividades del espacio marítimo (biodiversidad, defensa, pesca, acuicultura, navegación, turismo, etc.).
En relación con la coexistencia de usos y actividades, se establece que las instalaciones de I+D+i relacionadas con el testado y experimentación de infraestructuras de aprovechamiento de Energías Renovables marinas se ubicarán preferentemente en las zonas determinadas como de alto potencial para la I+D+i. Dado que la mayoría de las coberturas de estas instalaciones se desconocen actualmente y, por tanto, no es posible determinar su futura localización exacta, podrán ubicarse asimismo en otras zonas siempre que también sean objeto de su correspondiente tramitación administrativa, ambiental y de autorización, y se ajusten a las dimensiones máximas permitidas para este tipo de instalaciones.
ZONAS ZUP y ZAP
Las zonas destinadas a la I+D+i se encuadran dentro de las denominadas zonas ZUP, Zonas de Uso Prioritario, y ZAP, Zonas de Alto Potencial.
Los objetivos de las zonas experimentales son permitir la evaluación de la tecnología y los procesos de construcción y operación de los parques eólicos, así como minimizar los riesgos y maximizar la eficiencia de las futuras instalaciones de energía eólica marina.
Las zonas identificadas como ZUP están destinadas al desarrollo de actividades de investigación, desarrollo e innovación. Han sido declaradas con su correspondiente título de ocupación de Dominio Público Marítimo-Terrestre, mediante la figura de Reserva (en el caso de PLOCAN) o concesión (BIMEP).
Zonas de Uso Prioritario identificadas en los POEM para I+D+i, su superficie y los solapes con otros usos del mar.
Zona de Uso Prioritario en la Demarcación Marina Noratlántica (BIMEP)
Zona de Uso Prioritario en la Demarcación Marina Canarias (PLOCAN)
Las zonas ZAP, Zonas de Alto Potencial, han sido propuestas por distintos departamentos de las Comunidades Autónomas o entidades públicas. Con carácter general, y siempre que sea posible, las actividades relacionadas con la realización de ensayos y la experimentación de infraestructuras se realizarán preferiblemente en las zonas de uso prioritario de I+D+i.
Zonas de Alto Potencia identificadas en los POEM para I+D+i, su superficie y los solapes con otros usos del mar
Zona de Alto Potencial en la Demarcación Marina Noratlántica (Punta Langosteira, Santoña, Virgen del Mar, Ubiarco, H2Float y BIMEP 2)
Zona de Alto Potencial en la Demarcación Marina Canarias (PLOCAN 2)
OTRAS PLATAFORMAS EXPERIMETALES
Además de las zonas incluidas específicamente en los POEM, se están tramitando actualmente las siguientes: